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De conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, el “impuesto especial sobre productos intermedios”, es:

Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Artículo 178. Tributos cedidos.

1. Se cede a la Comunidad Autónoma de Andalucía el rendimiento de los siguientes tributos:

i) El Impuesto Especial sobre Productos Intermedios, con carácter parcial, en el porcentaje del 58 por ciento.

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