Logo Objetivo PL

(DEROGADA) Según la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales en su art 45 se reserva un porcentaje de plazas para acceder mediante el sistema de movilidad de:

Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales (DEROGADA)

Artículo 45. Derecho y porcentaje de reserva.

Los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía tendrán derecho a la movilidad, en la misma o superior categoría a otro Cuerpo de la Policía Local de Andalucía, con ocasión de plazas vacantes.

A tal efecto se reservará, para la categoría de Policía, el veinte por ciento de las plazas vacantes en el año y el cuarenta por ciento para el resto de categorías, correspondiendo el veinte por ciento para funcionarios que opten a la misma categoría a la que pertenecen y el veinte por ciento a funcionarios que aspiren a la categoría inmediatamente superior a la que pertenecen. Cuando este porcentaje no sea un número entero, se despreciarán las fracciones.

error: