La tutela del artículo 18.3 de la Constitución alcanza al proceso de comunicación tanto si se presta mediante servicios públicos como privados, al haberse liberalizado los servicios postales.
La tutela del artículo 18.3 de la Constitución alcanza al proceso de comunicación tanto si se presta mediante servicios públicos como privados, al haberse liberalizado los servicios postales.