Si bien el procedimiento más habitual de vulneración del derecho será la apertura de la correspondencia, no puede descartarse la vulneración mediante otros procedimientos técnicos que permitan acceder al contenido del mensaje sin abrirlo. Además también se vulnera el derecho si no se accede al contenido sino a otros datos como son la identidad de los corresponsales, el momento en que se produce y los lugares de remisión y destino, datos todos ellos que una vez iniciado el proceso de comunicación son secretos para cualquier persona ajena a la comunicación, de modo que su conocimiento por quien resta en el servicio postal puede ser utilizado a los efectos de la prestación del servicio.
