Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 11 de noviembre de 2021, relativo a la acreditación de las situaciones de violencia de género.
1. Derecho a la información y al asesoramiento jurídico.
Tiene derecho a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que dispongan las Administraciones Públicas. Dicha información comprenderá las medidas contempladas en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, relativas a su protección y seguridad, y los derechos y ayudas previstos en la misma, así como la referente al lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral. El servicio 016 de información y de asesoramiento jurídico es un servicio estatal gratuito y confidencial que ofrece información, asesoramiento jurídico y atención psicosocial inmediata en todas las formas de violencia contra las mujeres incluidas en el Convenio de Estambul, incluida, por tanto, la violencia de género de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
El servicio es accesible a través de tres canales:
- por un número de teléfono corto: 016;
- por correo electrónico: 016- online@igualdad.gob.es;
- por whatsapp: número 600 000 016, exclusivo para whatsapp porque no admite llamadas de teléfono.
El servicio telefónico autonómico (completar, en su caso, lo que proceda por la Comunidad y Ciudad Autónoma).
