El nombramiento del Presidente y de los miembros del Consejo General del Poder Judicial corresponde al Rey (arts. 122.3 y 123.2 CE). Los miembros de este organismo son elegidos previamente por las Cortes Generales (arts. 122.3 CE) y nombrados por el Rey mediante Real Decreto refrendado por el Ministro de Justicia. Los Vocales del Consejo General del Poder Judicial eligen a su Presidente, que es nombrado por el Rey mediante Real Decreto refrendado por el Presidente del Gobierno.