El plazo para la interposición del recurso de alzada es:

El plazo para la interposición del recurso de alzada es de un mes, si se dirige contra un acto expreso (art. 122.1 de la Ley 39/2015), plazo que debe computarse desde la notificación o, en su defecto, publicación de dicho acto. Si se impugna un acto no expreso, el plazo sería, según el mismo artículo, de tres meses y se cuenta, para el solicitante y otros posibles interesados, desde que se deban entender producidos los efectos del silencio administrativo. Deben tenerse presentes al respecto las reglas generales sobre cómputo de los plazos del artículo 30 de la Ley, y en particular la que impone computar los plazos fijados en meses de fecha a fecha, y la que los prorroga al día hábil siguiente si el último día del plazo es inhábil.

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