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En el desarrollo de las competencias atribuidas por la Constitución a las Comunidades Autónomas, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que compete a la Comunidad Autónoma de Andalucía la coordinación de las Policías Locales Andaluzas, en su artículo:

Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A su vez, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el artículo 65.3, determina que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la ordenación general y la coordinación supramunicipal de las policías locales andaluzas, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.

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