Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A su vez, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el artículo 65.3, determina que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la ordenación general y la coordinación supramunicipal de las policías locales andaluzas, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.