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En el dolo eventual:

Derecho Penal

El dolo, la culpa y la imprudencia

Dolo indirecto o eventual:

Se produce cuando el autor no descarta que se pueda producir algún tipo de daño derivado de la acción que va a realizar, pero, aun así, realiza la acción. Se cataloga igualmente de delito doloso a este tipo de delitos, aunque se haya producido de manera eventual.

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