La inviolabilidad del rey debe entenderse como:

La inviolabilidad tiene un significado más amplio que el de la irresponsabilidad, con el que se pretende subrayar la alta dignidad que corresponde al Monarca como Jefe del Estado. Como tal, se proyecta en otras normas, de carácter penal o internacional, que atribuyen una especial protección a la persona del Rey. En este sentido, la inviolabilidad significa que no se puede perseguir criminalmente al Monarca ni siquiera en caso de que fuera un asesino o violador. Si el Rey delinquiese, «nos encontraríamos ante el desprestigio y, por ende, ante el ocaso de la institución monárquica» pero sería imposible su incriminación. En cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria; no se da, en cambio, la imposibilidad de someter a juicio a la Familia Real.

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