La rehabilitación de la condición de funcionario:

La pérdida de la condición funcionarial no siempre es irreversible ya que es posible la rehabilitación en la condición de funcionario para quienes la perdieron como consecuencia de la pérdida de la nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente para el servicio. Así, el interesado, una vez desaparecida la causa objetiva que la motivó, podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario, que le será concedida (art. 68.1 del EBEP). Sin embargo, el Estatuto contempla un supuesto de derecho de gracia al reconocer a los órganos de gobierno de las Administraciones públicas la potestad de conceder, con carácter excepcional, la rehabilitación, a petición del interesado, de quien hubiera perdido la condición de funcionario por haber sido condenado a la pena principal o accesoria de inhabilitación. atendiendo a las circunstancias y entidad del delito cometido. Si transcurrido el plazo para dictar la resolución no se hubiera producido de forma expresa, se entenderá desestimada la solicitud (art. 68.2 del EBEP).

error: