Las bases del procedimiento común es una materia de competencia:

El artículo 149.1.18 de la Constitución al establecer las competencias exclusivas del Estado, incluye entre otros ámbitos, «las bases del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas». Por tanto, la regulación del procedimiento administrativo común debe hacerse a través de una ley básica estatal. Sin embargo, al tratarse de una ley básica, nos encontramos ante un ámbito en el que existen competencias concurrentes, correspondiéndole al Estado al regulación básica, es decir los aspectos vertebrales o fundamentales del procedimiento administrativo, y a las Comunidades Autónomas ciertas especialidades relativas al Derecho de organización.

error: