Las funciones de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, según la Ley 6/23 será ejercida por:

Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

Artículo 3. Órganos competentes en materia de coordinación.

Son órganos competentes sobre las policías locales de Andalucía:

a) El Consejo de Gobierno.

b) La Consejería con competencias sobre las policías locales.

c) La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

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