Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, se establece en su artículo 78:

Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

Artículo 78. Sanciones y criterios de graduación.

1. Por la comisión de faltas muy graves se podrá imponer la sanción de expulsión del curso que se estuviera realizando y la prohibición de realizar cualquier otro hasta un periodo máximo de cuatro años.

2. Por la comisión de faltas graves se podrá imponer la sanción de suspensión de actividades académicas desde cinco días hasta dos meses.

3. Por la comisión de faltas leves se podrá imponer la sanción de suspensión de actividades académicas por menos de cinco días o apercibimiento.

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