El artículo 117.1 de la Constitución dice: «La justicia emana del pueblo y se administra (…) por jueces y magistrados integrantes del poder judicial (…) sometidos únicamente al imperio de la ley». En consecuencia, jueces y magistrados administran la justicia -hacen justicia- sometidos únicamente al imperio de la ley. En esta coletilla final, en este sometimiento del poder judicial a la ley, está la clave para entender que los jueces son órganos plenamente democráticos. Advirtamos que el término «sometimiento a la ley» debe interpretarse como sometimiento al ordenamiento jurídico, es decir, al conjunto de normas de distinto rango -Constitución, leyes y reglamentos-ordenadas mediante los principios del Estado de derecho. El juez, pues, ejerce sus funciones jurisdiccionales sometido al ordenamiento, lo cual significa que solo puede realizar actos en aplicación de las normas de este ordenamiento.
