Los plazos establecidos serán ampliables:

La ampliación del plazo de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 39/2015 procederá tanto de oficio como a instancia de parte, siendo necesario para que progrese que la petición y la resolución del nuevo plazo se produzcan antes de culminar el plazo de que se trate y que con ello no se perjudiquen derechos de terceros. La ampliación podrá ser de hasta la mitad de los plazos que le hubieren sido concedidos al interesado. En caso de que la solicitud de ampliación fuese denegada no podrá recurrirse. No obstante, la Ley prevé dos supuestos en los cuales no procederá la ampliación de los plazos, son los casos de procedimientos de selección de personal (oposiciones) o de concurrencia competitiva (contratos).

error: