Los fines de la provincia vienen establecidos en la propia Ley de Bases de Régimen Local (artículo 31), considerándose como fines propios y específicos garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal y participar en la coordinación de la Administración Local con la de la Comunidad Autónoma y el Estado.
