El artículo 7.3 de la Ley de Coordinación de las Policías Locales hace una referencia al Consejo Andaluz de Municipios que podrá formular las propuestas que considere oportunas respecto a las materias objeto de la Ley. El Consejo Andaluz de Municipios se creó por la Ley 3/1988, de 3 de mayo, por la que se crea el Consejo Andaluz de Municipios. En la actualidad la norma que regula esta institución es Ley 5/2014, de 30 de diciembre, del Consejo Andaluz de Concertación Local. Se trata del órgano supremo de colaboración y concertación de la Junta de Andalucía y los gobiernos locales, es un órgano colegiado permanente, de carácter deliberante y consultivo de la Junta de Andalucía, adscrito a la Consejería competente sobre régimen local, que dispone de autonomía funcional para el cumplimiento de sus fines.
