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Quien nombrará a la persona que desempeñará la jefatura inmediata del Cuerpo de la Policía local:

Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.

Artículo 26. Jefatura del cuerpo.

1. La persona titular de la alcaldía, en el ejercicio de la jefatura de la Policía Local, nombrará a quien desempeñará la jefatura inmediata del Cuerpo de la Policía Local. El procedimiento para la provisión del puesto será el de libre designación, con respeto a los principios de mérito, capacidad, objetividad, igualdad y publicidad.

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