Según lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, las infracciones muy graves referidas a residuos peligrosos serán sancionadas con multas desde:

Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Artículo 146. Tipificación y sanción de infracciones muy graves.

2. La comisión de las infracciones muy graves se sancionará con multa desde 30.052 hasta 1.202.025 euros, excepto si están referidas a residuos peligrosos, que será desde 300.508 hasta 1.202.025 de euros.

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