Sobre el derecho a obtener copias de los documentos contenidos en los procedimientos:

La finalización del procedimiento en el que se soliciten copias de los documentos por parte de los interesados será por respuesta expresa concediendo o denegando lo solicitado. Cuando se deniegue, deberá motivarse la decisión. En caso de ausencia de respuesta, habrán de aplicarse las reglas del silencio administrativo y entender que la respuesta tácita es positiva, ya que su concesión habilitaría al solicitante para el ejercicio de un derecho preexistente.

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