Entre las reforma operadas por la L.O. 5/2010 en el Código Penal se encuentra la del delito de blanqueo de capitales. En la nueva regulación de este delito en el art. 301.1 del Código Penal se introduce una nueva conducta: la de poseer o utilizar los bienes de origen delictivo. Así, la conducta para cometer este delito antes de la reforma era la de adquirir, utilizar, convertir o trasmitir bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva. Con la reforma, se introduce la nueva conducta de poseer o utilizar dichos bienes.
