La conducta típica del delito de defraudación del fluido o análogo del art. 255 C.P. se debe realizar mediante alguno de los procedimientos que el mismo precepto enumera: valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación (lo cual incluye tanto los mecanismos ingeniados por el autor como el aprovechamiento de los que ya están instalados), alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores (por ejemplo mediante la colocación de imanes que alteran la lectura de los contadores) o empleando cualesquier otros medios clandestinos (cláusula genérica que permite incluir cualquier otro artefacto destinado a tal fin).
