Ponen fin a la vía administrativa las resoluciones de los siguientes órganos y autoridades, en virtud del art. 52 de la Ley de Bases de Régimen Local (señale la incorrecta):
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local Artículo 52. 1. Contra los actos y acuerdos de las Entidades locales que pongan fin a la vía administrativa, los interesados podrán ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición. […]
