¿Puede el Rey rechazar la dimisión presentada por el Presidente del Gobierno?

El Rey no tiene poder para rechazar de manera unilateral y definitiva la dimisión presentada por el Presidente del Gobierno. Naturalmente que puede haber supuestos de no aceptación, pero solo con el refrendo tácito del Presidente, esto es, si éste da por retirada su iniciativa. La dimisión del Presidente es un procedimiento muy distinto al de la renuncia de los funcionarios, porque en este segundo caso el destinatario de la misma sí puede rechazarla por razones de interés público, mientras que en el primero hace falta que el dimisionario reconozca también la existencia de esas razones que justifican la no aceptación. En nuestro ordenamiento solo estará obligado a seguir en el cargo, incluso contra su voluntad, Presidente del Gobierno en funciones, por un mandato que se deduce directamente del artículo 101.2 de la Constitución. Pero nadie puede obligar un Presidente a seguir gobernando en base a su investidura inicial y para el cumplimiento de su programa, si ha su juicio no es posible o conveniente hacerlo.

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