Así se especifica en el artículo 219.1 del Estatuto de Autonomía cuando se dice que «en el marco del principio de solidaridad las relaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el Estado se fundamentan en la colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio». El principio de solidaridad se contiene en el artículo 131 de la Constitución el cual prevé que «el Estado, mediante Ley, podrá planificar la actividad económica general y armonizar el desarrollo regional y sectorial». Por otra parte, en los Presupuestos Generales del Estado, según se establece en el artículo 158 de la Constitución se podrá establecer «una asignación a las Comunidades Autónomas… Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación…». Pero el aludido principio de solidaridad obliga no solo al Estado, sino también a las Comunidades Autónomas, ya que según el artículo 156.1 de la Constitución la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas deberá servir, también, a «la solidaridad entre todos los españoles».
