¿A qué prestación de la Seguridad Social se refiere expresamente el artículo 41 de la Constitución?

El artículo 41 de la Constitución se refiere expresamente al desempleo que puede definir como «la situación en la que una persona con aptitud y disposición para trabajar no es capaz de encontrar ocupación profesional retribuida a pleno rendimiento, sea porque no encuentra ningún trabajo, sea porque solo encuentra uno por jornada inferior a la que desea y puede llevar a cabo.

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