El Príncipe o la Princesa heredero/a de la Corona de España, tendrá la dignidad de Príncipe o Princesa de Asturias:

La Constitución en su artículo 57.2 ha venido a recoger y formalizar nuevamente el título de Príncipe de Asturias al disponer que «el Principe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias…» El título de Príncipe de Asturias tradicionalmente, se ha atribuido, entre nosotros, al heredero de la Corona, fue creado por D. Juan I, en el año 1388, para su hijo D. Enrique y a lo largo de la historia constitucional española se ha mantenido con ciertos altibajos hasta el día 1 de noviembre de 1977 que se celebró en Covadonga un acto que se definió indistintamente como investidura, proclamación o exaltación de Don Felipe de Borbón y Grecia como Príncipe de Asturias.

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