En el caso de las Comunidades Autónomas uniprovinciales, esto es, a aquellas cuyo territorio coincide exactamente con el de una sola de las provincias tradicionales (Principado de Asturias, Cantabria, Navarra, La Rioja, Murcia y Madrid), su peculiaridad radica en la inexistencia de instituciones provinciales, de manera que sus competencias son asumidas por las de la Comunidad Autónoma respectiva.
