Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.
Artículo 7. Faltas muy graves.
Son faltas muy graves:
a) El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de las funciones.
Son faltas muy graves:
a) El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de las funciones.