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La divulgación de patentes declaradas secretas al solicitarlas, se considera delito:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 277.

Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses, el que intencionadamente haya divulgado la invención objeto de una solicitud de patente secreta, en contravención con lo dispuesto en la legislación de patentes, siempre que ello sea en perjuicio de la defensa nacional.

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