Las relaciones institucionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía se regulan en el Estatuto de Autonomía en su Título IX que se rubrica:

Las relaciones institucionales de la Comunidad Autónoma de Andalucía con las demás instituciones del Estado se regulan en el nuevo Estatuto de Autonomía en el Título IX (artículos 218 a 247), dicho título se rubrica «Relaciones institucionales de la Comunidad Autónoma» y está estructurado en cinco capítulos (Capítulo I: «Relaciones con el Estado», Capítulo II: «Relaciones con otras Comunidades y Ciudades Autónomas», Capítulo III: «Relaciones con las instituciones de la Unión Europea», Capítulo IV: «Acción exterior» y Capítulo V: «Cooperación al desarrollo») regulando las relaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el Estado, con otras Comunidades y Ciudades Autónomas y con las instituciones de la Unión Europea, ademas de la acción exterior y la cooperación al desarrollo.

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